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Didáctica de la educación infantil. SSC322_3. Carmen Jurado Ponce
Читать онлайн.Название Didáctica de la educación infantil. SSC322_3
Год выпуска 0
isbn 9788491984603
Автор произведения Carmen Jurado Ponce
Жанр Документальная литература
Издательство Bookwire
1 El Protocolo Facultativo sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de los niños en la pornografía se centra en la criminalización de estas graves violaciones de los derechos de la infancia, y hace hincapié en la importancia que tiene fomentar una mayor concienciación pública y cooperación internacional en las actividades para combatirlas.
Los protocolos facultativos deben interpretarse siempre a la luz del tratado original, como un todo, que en este caso se rige por los principios de la no discriminación, el interés superior del niño y niña y la participación infantil.
3.2. Utilizar los Protocolos Facultativos para aumentar los instrumentos de los derechos humanos
Después de la aprobación de un tratado de derechos humanos se suelen añadir los protocolos facultativos. Un protocolo puede versar sobre un tema relacionado con el tratado original y se utiliza para profundizar sobre cuestiones que aparecían en el tratado original, abordar una preocupación nueva o añadir un procedimiento para la aplicación y puesta en marcha del tratado, por ejemplo, incluir un procedimiento para la presentación individual de quejas.
Definición
Protocolos Facultativos
Mecanismos jurídicos que complementan y añaden provisiones a un tratado.
Un protocolo es “facultativo” porque no vincula automáticamente a los estados que ya han ratificado el tratado original. Estas obligaciones en el protocolo son adicionales y pueden ser más exigentes que las que aparecían en la Convención original, por lo que los estados deben escoger de manera independiente si quieren vincularse o no al protocolo. Por tanto, un protocolo facultativo dispone de sus propios mecanismos de ratificación, independientes del tratado que complementa. Por lo general, solamente los estados que ya han aceptado vincularse al tratado original pueden ratificar sus protocolos facultativos. Sin embargo, los Protocolos Facultativos a la Convención sobre los Derechos del Niño permiten a los Estados que no son parte ratificarlos o adherirse a ellos.
4. El derecho a la educación
Un derecho fundamental de los niños y niñas es el derecho a la educación. Se trata de un derecho económico y social obligatorio, es decir, no depende de la voluntad de su titular (el niño) o de su representante (padres o tutores). La Constitución Española recoge conjuntamente el derecho a la educación y a la libertad de enseñanza:
1 El derecho a la educación se garantiza mediante:El establecimiento de un periodo (de seis a dieciséis años) de enseñanza básica obligatoria y gratuita (derecho obligatorio).La programación general de la enseñanza.La inspección y homologación del sistema educativo.La igualdad de oportunidades en el acceso a los niveles no obligatorios.
El derecho a la educación viene regulado en el artículo 27 de la Constitución Española.
1 El derecho a la libertad de enseñanza se garantiza mediante:La libertad de creación de centros.La ayuda a los centros privados que cumplan los requisitos legales.La libertad, como participación, de padres, profesores y alumnos para intervenir en el control y gestión de los centros públicos y subvencionados, y la libertad de los padres para optar por la formación religiosa y moral de los hijos.
5. Resumen
En la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada en 1989 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, se explica el derecho que tienen todos los niños a la salud, la educación, las condiciones de vida adecuadas, el juego, la protección de la pobreza, la libre expresión de sus opiniones, etc.
Gracias a la Convención, los derechos de la infancia se encuentran en el primer plano de la batalla internacional en pro de los derechos humanos, y la sociedad debe asegurar su cumplimiento como una obligación jurídica, un imperativo moral y una prioridad en materia de desarrollo. En los años siguientes a la aprobación de la Convención, se han producido grandes avances en favor de la infancia.
Los Protocolos Facultativos a la Convención sobre los Derechos del Niño ofrecen más detalles y amplían las obligaciones del tratado original.
El derecho a la educación es un derecho obligatorio, el Estado lo satisface mediante la creación de centros públicos, concertación (subvención) con centros privados, o posibilidad de asistencia a centros privados no subvencionados.
La igualdad de oportunidades en lo que respecta a la educación es un objetivo a alcanzar, mediante políticas de creación de centros docentes y de concesión de ayudas a centros creados por iniciativa privada, así como políticas de potenciación de la igualdad de oportunidades (becas, ayudas al estudio, etc.).
Ejercicios de repaso y autoevaluación
1. Señale si la siguiente afirmación es verdadera (V) o falsa (F), rodeando con un círculo la opción que crea correcta.
En 1989, la Convención sobre los Derechos del Niño fue aprobada por la Asamblea General de la ONU.
1 Verdadero
2 Falso
2. Indique la opción correcta.
Uno de los derechos del niño se refiere a:
1 Tener juguetes.
2 Ver la televisión.
3 No tener familia.
4 Tener diversión.
3. De las siguientes afirmaciones, seleccione cuál es la falsa.
Los Protocolos facultativos de la Convención sobre los derechos del niño...
1 ... se utilizan para disminuir los instrumentos de los derechos humanos.
2 ... proporcionan a la infancia protección jurídica contra las peores formas de explotación.
3 ... se utilizan para aumentar los instrumentos de los Derechos Humanos.
4. Complete los espacios vacíos.
El derecho a la libertad de __________________ se garantiza mediante la libertad de creación de centros, la ayuda a los centros privados y la _____________ de padres, profesores y alumnos para intervenir en el control y gestión de los centros públicos y ____________________.
5. Escriba tres derechos del niño.
Unidad Didáctica 2
Los derechos humanos y la infancia
1. Introducción
La implantación de los derechos humanos es una idea moderna que se ha ido abriendo paso de forma lenta a lo largo de la Historia.
Los derechos humanos han sido denominados de diversas formas. Derechos naturales, derechos humanos o del hombre, derechos políticos subjetivos, garantías jurídicas de los individuos y, finalmente, derechos humanos, son algunos de los muchos nombres que se han acuñado históricamente.
Estas denominaciones responden a la corriente de pensamiento que las gene-ra. Por ejemplo, es clara