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La inclusión educativa: diacronía y espacios tangentes. Ana María Volpato
Читать онлайн.Название La inclusión educativa: diacronía y espacios tangentes
Год выпуска 0
isbn 9789508441799
Автор произведения Ana María Volpato
Жанр Учебная литература
Издательство Bookwire
Es necesario construir posibilidades en los niños y jóvenes de sectores populares y no centrarse en la prescripción de incapacidades de los estudiantes (Baquero, 2009). El modelo educativo basado en la defensa de la equidad en la educación aspira a lograr escuelas inclusivas, a ofrecer oportunidades a todos los sectores, particularmente a los grupos habitualmente excluidos, a hacerlos sentir reconocidos, garantizando el acceso al conocimiento en las mejores condiciones para los estudiantes en ellas escolarizados.
Muchas de las resoluciones emanadas del CFE se orientan a la necesidad de desarrollar políticas educativas jurisdiccionales e institucionales mediante líneas de acción destinadas a promover la ruptura de la lógica excluyente de modelos clásicos de enseñanza, la inclusión, el derecho a la educación y el fortalecimiento de la formación docente para revertir trayectorias escolares signadas por el fracaso, particularmente en los sectores más vulnerables de la sociedad. Por lo tanto, ponen énfasis en trayectorias continuas y completas, acceso, permanencia y egreso de los niños/as y jóvenes del sistema educativo. Estas son: Resolución CFE 79/09, Plan Nacional de Educación Obligatoria (Trienio 2009-2011) y sus anexos I y II; Resolución CFE 84/09, Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria; Resolución CFE 88/09, Institucionalidad y Fortalecimiento de la Educación Secundaria Obligatoria; Resolución CFE 93/09, Orientaciones para la Organización Pedagógica e Institucional de la Educación Secundaria Obligatoria; Resolución CFE 188/12, Plan Nacional de Educación Obligatoria y Formación Docente (Trienio 2012-2014); Resolución CFE 174/12, Pautas Federales para el Mejoramiento de la Enseñanza y el Aprendizaje y las Trayectorias Escolares en el Nivel Inicial, Primario y Modalidades, y su Regulación.
1.4. Las competencias del Estado
Con el objeto de implementar la LEN, las distintas provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires debieron adecuar su legislación. Cabe destacar que la provincia de Santa Fe se encuentra trabajando en un proyecto de ley de educación, razón por la cual se rige por la LEN.
El CFE constituye el ámbito en el que se definen pautas que intentan asegurar la unificación y coordinación del sistema educativo. En este marco, cabe analizar a qué Estado se hace referencia y cuáles serían las responsabilidades, puntualmente, las relaciones e implicancias para garantizar la inclusión y el derecho según sus competencias.
a. De incumbencia del Ministerio de Educación de la Nación:
1) Fijar la política educativa y controlar su cumplimiento; 2) asegurar el logro de los objetivos del sistema educativo mediante la planificación, ejecución, supervisión y evaluación de políticas, programas y resultados educativos; 3) asistir técnica y financieramente a las jurisdicciones; 4) declarar la emergencia educativa en la jurisdicción en la que esté en riesgo el derecho a la educación de los alumnos que cursan los niveles obligatorios.
b. De incumbencia del Ministerio de Educación junto al Consejo Federal:
1) Definir los criterios básicos concernientes a la carrera docente; 2) diseñar y ejecutar políticas de promoción de la igualdad educativa; 3) definir contenidos curriculares comunes y núcleos de aprendizaje prioritarios; 4) dotar a las escuelas de los recursos materiales necesarios para garantizar una educación de calidad; 5) desarrollar y ejecutar la política de información y evaluación continua del sistema educativo.
c. De incumbencia de las provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires:
1) asegurar el derecho a la educación; 2) planificar, organizar, administrar y financiar el sistema educativo de su jurisdicción; 3) aprobar el currículo de los distintos niveles y modalidades; 4) expedir títulos y certificaciones; 5) garantizar el acceso y permanencia en la escuela; 6) establecer contenidos curriculares acordes a sus realidades sociales, culturales y productivas; 7) organizar y conducir las instituciones educativas de gestión estatal; 8) aplicar las resoluciones del Consejo Federal; 10) propiciar la vinculación de las escuelas secundarias con el mundo del trabajo y la producción; 11) participar en el desarrollo e implementación del sistema de evaluación e información del sistema educativo; 12) adecuar su legislación a la Ley Nacional.
d. De incumbencia concurrente entre Nación, provincias y Ciudad Autónoma:
1) proveer una educación de calidad para todos los habitantes, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad; 2) gobernar y administrar el Sistema Educativo Nacional; 3) garantizar el acceso a la educación mediante la creación de establecimientos educativos de gestión estatal; 4) asegurar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar; 6) garantizar el financiamiento del Sistema Educativo Nacional.
El análisis del reciente lanzamiento del Plan Estratégico Nacional 2016-2021, Argentina Enseña y Aprende, del Ministerio de Educación y Deportes de la Nación, conforme los principios establecidos en la LEN y los compromisos asumidos por el CFE en la Declaración de Purmamarca,16 arroja luz acerca del rol y de las responsabilidades del Estado, las provincias y CABA. El plan, sustentado en el artículo 2 de la LEN, pilar en el que se basa el impulso en la formulación de políticas públicas educativas que garanticen su cumplimiento, plantea los objetivos como desafíos, establece la necesidad del fortalecimiento de acciones para garantizar trayectorias escolares completas en los tiempos previstos atendiendo a las diferencias o ritmos particulares de los estudiantes y promueve una educación inclusiva y de calidad, acorde a las transformaciones culturales, económicas y tecnológicas de la sociedad.
Para poder avanzar hacia el cumplimiento de estos objetivos, el plan se centra en la mejora sistémica y sostenida de la formación docente, de los procesos de enseñanza y de aprendizaje, de la gestión pedagógica y de la planificación y gestión de las acciones educativas, materiales y financieras en los ámbitos nacional y provincial. A su vez, busca impulsar un nuevo compromiso por la educación con el objetivo de generar comunidades de aprendizaje que impacten positivamente en la vida de los/as estudiantes y educadores/as. (Ministerio de Educación y Deportes de la Nación, 2016; p. 4)
El documento explicita y describe la tarea que cada provincia y CABA deberán realizar para poder lograr los objetivos nacionales. También indica que tendrán la responsabilidad de elaborar planes operativos anuales y establecer líneas de acción y estrategias acordes a las particularidades de los contextos jurisdiccionales.
Así, el Estado nacional toma posición nuevamente, reitera su pronunciamiento respecto a los lineamientos generales en política educativa y delega en la órbita de las provincias y CABA su efectivo cumplimiento mediante la puesta en marcha de los mecanismos necesarios. El plan guarda coherencia ya que, producto de la descentralización, las jurisdicciones son las reales prestadoras del servicio educativo, siendo de su competencia los niveles obligatorios de la escolaridad, los que solo recibirán asistencia del Estado nacional en los casos de excepcionalidad, declarada la emergencia educativa cuando el derecho a la educación se vea comprometido, y las medidas que se implementen contarán con la anuencia de la jurisdicción respectiva y del CFE.
En síntesis, recuperando las consideraciones de Nosiglia (2007), las jurisdicciones gobiernan, gestionan, supervisan y financian sus instituciones educativas. La nación diseña e implementa las políticas educativas establecidas en la LEN a través del diseño de sus propios programas y proyectos, presta asistencia técnica y financiera, garantiza el desarrollo de la educación de calidad a través de sistemas de información y evaluación permanente y se reserva la validación nacional de los títulos. Algunas funciones son acordadas en el CFE entre la nación y las provincias, por ejemplo, la elaboración de los contenidos básicos para todos los niveles y modalidades y el establecimiento de las políticas de evaluación educativa.
2 El derecho a la educación está consagrado por el artículo 26 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Los instrumentos normativos internacionales que han ratificado este derecho son, entre otros: la Convención relativa a la Lucha contra las Discriminaciones en la Esfera de la Enseñanza, de la UNESCO, 1960; el Pacto Internacional