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en los protocolos notariales de marina de la ciudad de Cádiz, sino en los de San Fernando. Ante el traslado de la Escribanía, Morcillo se llevó consigo los protocolos emitidos por este para su custodia. Sin embargo, esta situación no se indica en ningún momento en los protocolos notariales de marina de Cádiz.

      Eso provocó que, hasta el presente estudio, no se tuviese constancia, al menos documentalmente, de los cincos años que Morcillo ejerció en Cádiz como Escribano Mayor del Departamento. Por el contrario, los documentos de San Fernando son fácilmente localizables, pues se encuentran en la notaría número 5, a la que se adscriben los documentos de marina de esta ciudad, con la diferencia de que dichos documentos son datados en la ciudad de Cádiz y no en San Fernando.

      Fuentes para el estudio de la Escribanía de Marina. El estado general de la Armada, las disposiciones testamentarias y el reglamento de escribanos

      Existen numerosas fuentes que se han utilizado por la historiografía para explicar la normativa y la documentación de la Escribanía de Marina (Garrido, 2019). Sin embargo, existen otras que aportan información sobre estos organismos, aunque originariamente fueron creadas para otro fin o no posean una vinculación directa con dicha institución. Las fuentes analizadas nos permiten ampliar la información que disponemos, no solo de la Escribanía de Marina, sino de los responsables de custodiar y emitir su documentación: los escribanos.

      La primera de estas fuentes es el Estado General de la Armada. Esta es una publicación emitida por el Ministerio de Marina e impresa por la Imprenta Real desde el año 1786 hasta 1942, aunque con algunas interrupciones en su publicación. Esta obra recibe a lo largo de su redacción varias denominaciones “Almanaque Náutico y Estado General de Marina”, “Estado General de la Armada Nacional”, etc. En ella, se recogen la existencia y destino de los cuerpos militares y administrativos de la Armada, así como datos acerca de su reglamentación.

      Esta fuente bibliográfica recoge los diferentes cargos y organismos que conforman los departamentos marítimos: intendentes, asesores, comisarios, etc. Esta información nos permite completar los datos obtenidos de los protocolos notariales sobre los Escribanos de Marina. Así pues, en el periodo comprendido entre 1786-1820 se recogen los nombres de los escribanos que ejercían en los diferentes partidos del departamento, así como del Escribano Mayor del mismo. Ante la falta de protocolos, por razones de diversa índole, esta fuente se convierte en imprescindible para completar los vacíos documentales existentes en las escribanías, pues permite conocer la continuidad de un notario cuyos protocolos están incompletos o incluso descubrir el nombre de otros, desconocidos hasta el momento, debido a que sus protocolos no han llegado hasta nuestros días. Este es el caso de la Escribanía del Partido de Motril o de Sanlúcar, donde, debido al incendio del archivo municipal en las primeras décadas del siglo XX, se desconocían los nombres de estos escribanos.

      En el artículo 164 del Tratado X de las ordenanzas de 1748 hace alusión a la figura de un escribano que posee unas características diferentes a los de la capital del partido, y que se puede relacionar con la interinidad de este escribano. El nombramiento de este, a diferencia del resto, es realizado por el ministro de marina; carecen de fuero y sueldo, siendo la única recompensa a sus funciones la obtención de méritos para optar a la escribanía de la provincia.

      La justificación a estas sustituciones, ya sea a través de un poder adjunto o en las suscripciones del documento, no solo se relaciona con los notarios, sino que en diversos documentos también se produce con el intendente del departamento marítimo. Ejemplo de ello es un desistimiento de albacea de don Juan de Cuenca y Ulloa, albacea testamentaria del Escribano Mayor del Departamento Marítimo de Cádiz, José Morcillo Calderón de la Barca. En dicho documento se expresa la indisposición del escribano y del intendente del Departamento:

      Otro dato significativo que nos aporta el estudio de los Estados Generales de la Armada es la aparición y supresión de partidos dentro del departamento, que corrobora lo observado en la normativa y en los protocolos notariales. Tal y como hemos mencionado con anterioridad, en la última década del siglo XVIII se produce la desaparición del Partido de Tarifa y la creación del de Algeciras. Esto permite deducir que se trata de un traslado de la sede de Partido, por motivos que a día de hoy desconocemos, al llevar a cabo sus funciones el mismo escribano y debido a la proximidad territorial de ambas.

      Pese a la complementación de ambas fuentes, el Estado General de la Armada y los protocolos notariales de marina, que prácticamente abarcan todo el periodo de esta institución, seguimos encontrando algunas etapas donde la información acerca de estas escribanías, y de sus escribanos, es casi inexistente. Para subsanar esta falta de datos acudimos a otra fuente de información: las disposiciones testamentarias. En estos documentos encontramos alusión a la profesión ejercida por la persona que pone por escrito sus últimas voluntades, encontrando en algunos casos a los notarios que ejercían en la escribanía de marina.

      La última fuente utilizada en nuestro análisis se centra más en las características propias de los escribanos de marina, en concreto de la ciudad de Cádiz, que en la propia institución. Se trata del Real Despacho, Concordia y Ordenanzas del Número de Escribanos de la ciudad de Cádiz, que fue publicado por la imprenta de Manuel Ximénez Carreño, en 1785. Este reglamento desarrolla los requisitos que los escribanos públicos debían de cumplir para ejercer sus funciones en la ciudad de Cádiz.

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