Скачать книгу

presente libro son inéditos, salvo el aporte del profesor José Domingo Ray, “Antecedentes del régimen portuario argentino”, originalmente contenido en su obra Derecho de la navegación (tomo I), y cuya nueva publicación ha sido gentilmente autorizada por su autor en comunicación que nos remitió mediante correo electrónico de 21 de marzo del 2011.

      La obra se inicia con nuestro trabajo sobre el derecho portuario peruano, en el que abordamos varias cuestiones del derecho portuario, entre ellas algunas asociadas con la utilización del dominio público portuario —principalmente, las concesiones— y la provisión de servicios portuarios, así como el enfoque sobre nuestra evolución normativa en el derecho portuario y la modernización del puerto del Callao.

      Sobre el derecho portuario argentino escriben José Domingo Ray, Fernando Romero Carranza, Diego E. Chami y Eduardo Adragna. Los trabajos de Ray y Romero se complementan y ofrecen una visión panorámica de su derecho portuario, antes y después de la aprobación de la legislación que facilitó la modernización del puerto de Buenos Aires, mientras que Chami y Adragna aportan un ensayo que toca las cuestiones de derecho privado vinculadas con las infraestructuras portuarias.

      Por su parte, acerca de una visión de las nuevas funciones de los organismos públicos en los sistemas portuarios, que de alguna forma refleja el estado de la cuestión en Chile y otros sistemas portuarios, trata el artículo de Diego Sepúlveda-Whittle.

      Asimismo, el derecho portuario español es analizado por Ignacio Arroyo Martínez, Rodolfo González-Lebrero, José María Alcántara y Francisco Carlos López Rueda. Mientras que Ignacio Arroyo nos alcanza un ensayo que enfoca de manera general el derecho portuario español desde los cambios producidos en la legislación portuaria de 1992, que tuvieron un singular y positivo impacto en la modernización de los puertos y las instituciones portuarias españolas, González-Lebrero desarrolla los antecedentes históricos de los puertos y su relación con el derecho portuario. Por su lado, Alcántara y López Rueda presentan dos trabajos que recogen aspectos sobre la responsabilidad civil de los operadores de terminales portuarios desde la perspectiva de las nuevas Reglas de Róterdam.

      Un análisis de la legislación portuaria uruguaya y su aplicación en la gestión de las infraestructuras portuarias, así como en la prestación de los servicios portuarios, es complementado con el rol de la Administración Nacional de Puertos en los puertos uruguayos, cuestiones importantes en las que radica el trabajo alcanzado por Edgardo Amoza Antúnez de Olivera.

      Por último, el derecho portuario venezolano es objeto de los ensayos de Luis Cova Arria y Luis Armando Fortoul Frías, y de José Alfredo Sabatino Pizzolante. Mientras que Cova y Fortoul abordan panorámicamente la legislación portuaria venezolana, Sabatino analiza la responsabilidad de los operadores de terminales portuarios, tocando principalmente el Convenio de Uncitral, de 1991, y la cláusula Himalaya.

       José Antonio Pejovés Macedo

      Febrero del 2014

Perú

      Algunas consideraciones sobre el derecho portuario peruano

      José Antonio Pejovés Macedo

       Portus apellatus est conclusus locus, quo importantur merces et inde exportantur: eaque nihilo minus statio est conclusa et munita, inde angiportum dictum est.

      ULPIANO. DIGESTO: L, 16, 59.

      SUMARIO: 1. Nota de caución. 2. Un acercamiento a la definición de derecho portuario. 3. Marco legal del Sistema Portuario Nacional. 4. Cuestiones de lege ferenda: el Decreto Legislativo 1022, que modifica la LSPN. 5. Sobre el dominio público portuario: titularidad y régimen de utilización. 6. Sobre las asociaciones público-privadas (APP) y los contratos de concesión en los puertos. 7. Los servicios portuarios básicos y los modelos de gestión en el Sistema Portuario Nacional. 8. La responsabilidad civil en la prestación de los servicios portuarios básicos de estiba y desestiba, y de almacenamiento. 9. La concesión del Terminal de Contenedores Muelle Sur en el puerto del Callao. 10. La concesión del Terminal Norte Multipropósito en el puerto del Callao. 11. La desmilitarización de los puertos comerciales. Bibliografía.

       1. Nota de caución

      Estas consideraciones sobre el derecho portuario peruano son un conjunto de reflexiones cuyo rasgo común es su confluencia en el ordenamiento portuario peruano y en normas que, si bien es cierto, no califican dentro de ese ordenamiento, tienen una aplicación relevante en el desarrollo y explotación de infraestructuras portuarias y en la provisión de servicios portuarios.

      El objetivo de este ensayo es contribuir a la difusión de un bloque normativo que, dada su especialidad, no es muy conocido ni por los operadores jurídicos ni por los estudiantes de derecho, lo cual se evidencia en el reducido espacio que los estudios de derecho portuario tienen en el país.

      Las reflexiones que alcanzamos son fruto de nuestra experiencia profesional en los sectores público y privado, y las opiniones aquí vertidas son exclusivamente personales y no comprometen ni a la Autoridad Portuaria Nacional ni a ninguna entidad privada o pública con la que tengamos alguna vinculación profesional o académica.

       2. Un acercamiento a la definición de derecho portuario

      El derecho puede entenderse como un potente catalizador que permite que las relaciones humanas de toda índole —incluidas las mercantiles— se desarrollen en forma ordenada y pacífica, y puede concebirse, además, como un medio que permite a los seres humanos ser libres.

      Este acercamiento no pretende ingresar al frondoso y complejo mundo de la filosofía —en concreto, de la denominada iusfilosofía— para intentar escudriñar en la ubicación de la disciplina jurídica dentro del ámbito de las humanidades. Sin embargo, los alcances de la cuestión que se aborda: un acercamiento a la definición de derecho portuario, obligan a efectuar algunas anotaciones puntuales vinculadas con el contenido o la sustancia de esa parte del derecho que trata sobre las actividades y los servicios portuarios.

      En la década del cincuenta del siglo pasado se produjo un descubrimiento arqueológico muy importante: los restos de la antigua ciudad de Lothal, en el estado de Gujarat, India. Según los entendidos, en Lothal se encontró evidencia de lo que sería el primer muelle portuario —dock— del que se tiene conocimiento y que data de 2400 a. de C., aproximadamente. Desde aquellos tiempos inmemoriales se empezaron a gestar, seguramente, ciertas reglas rudimentarias para ordenar el arribo y zarpe de barcazas, normas que con alguna similitud también fueron adoptadas en puertos como el de Alejandría en Egipto, Pireo en Atenas y Ostia en Roma.

      Si bien el derecho es uno solo —como lo saben los abogados—, los estudiantes, con fines puramente didácticos, aprenden a identificar que se divide en público y privado. Es derecho público aquel que norma las relaciones en las que interviene un ente estatal, y es derecho privado el que regula las relaciones entre particulares. Así por ejemplo, el derecho constitucional y el administrativo son derecho público, y el derecho civil y el mercantil son derecho privado. Esta división, tan difundida en las facultades de Derecho de todo el mundo, fue objeto de una interesante acotación por don Vicente Solé de Sojo, quien alguna vez sostuvo

      [...] que la distinción entre el Derecho público y el Derecho privado es hoy totalmente ilusoria [...] que en realidad la primera división de Derecho es la que parte el mundo en dos hemisferios: el del Derecho marítimo y el del Derecho terrestre. Cada uno de ellos tiene su Derecho público y su Derecho privado, sustantivo y adjetivo, civil y penal, hipotecario, registral notarial [...]. Y con características totalmente diferenciables (1959: 5-7).

      El derecho portuario es pluridimensional porque contiene una temática y un plexo normativo muy extensos que lo relacionan con distintas ramas del derecho: administrativo, tributario, laboral, mercantil y civil, entre otras. Por ejemplo, aspectos como la ordenación de las áreas acuáticas y franjas ribereñas, los contratos de concesión

Скачать книгу