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El código del capital. Katharina Pistor
Читать онлайн.Название El código del capital
Год выпуска 0
isbn 9786079891848
Автор произведения Katharina Pistor
Издательство Bookwire
La historia del trust revela un juego enredado entre las estrategias privadas de codificación, los ires y venires legislativos, la innovación renovada y, eventualmente, la vindicación de los esfuerzos privados de codificación por parte de las cortes. El trust tiene un predecesor que se llamaba use, uso, que apareció a finales del siglo xiii. Algunas fuentes explican sus orígenes en la prohibición de que los miembros de la orden franciscana poseyeran activos. Para darle la vuelta a esta restricción, la tierra se transfería legalmente a otra entidad, pueblo o aldea, pero “para el uso” de los frailes.[76] Otras explicaciones apuntan a los esfuerzos por evitar las reglas vinculantes de primogenitura, para transferir intereses sobre la tierra en un tiempo en que la tierra era en principio inalienable o simplemente para evadir impuestos. Las cortes del fuero común se rehusaron primero a hacer valer este mecanismo, pero la práctica privada de transferir la tierra en privado siguió pese a todo.
En 1484 Ricardo III reconoció el uso en un estatuto en un esfuerzo por hacer visibles los derechos sobre la tierra que se habían creado con su ayuda.[77] El estatuto estipulaba que los beneficiarios del uso debían ser tratados como si tuvieran el poder de transferir la propiedad o, en pocas palabras, que debían ser tratados como propietarios —cuatrocientos años antes de que la ley de transferencia de tierras de 1881 hiciera exactamente lo mismo en respuesta a la práctica de usar el entail para dejar la tierra fuera del alcance de los acreedores de los propietarios vitalicios—. La creciente popularidad del uso, sin embargo, minó los ingresos fiscales de la Corona. Por ello, para 1526 ya se recolectaban cuotas de aquellos que quisieran crear acuerdos al efecto y se castigaban los usos que no tenían licencia. Subsecuentes provisiones legales, en la forma del estatuto de usos (Statute of Uses) y del estatuto de inscripciones (Statute of Enrolments), ambos aprobados en 1535, buscaron regular esta aplicación en forma más general.[78] El estatuto de usos buscaba reinstaurar los derechos y prerrogativas del rey sobre la tierra, pero fracasó en última instancia porque resultó imposible deshacer décadas de transacciones privadas. Más aún, los abogados rápidamente descubrieron huecos en los estatutos que podían llenar con un nuevo dispositivo que se parecía enormemente al uso pero que era lo suficientemente diferente como para encajar en los vacíos que dejaba el fraseo del estatuto. Cuando las cortes dieron su bendición, el trust ocupó el lugar del uso.
El trust es un dispositivo legal que fue diseñado para proteger activos y como tal sirve a quienes tienen activos, es decir, a los ricos. No es ninguna sorpresa que sea un módulo clave para la codificación de capital. A principios del siglo xix, cuando las clases medias se hicieron más ricas, el trust se hizo más popular y los activos que los trusts resguardaban se hicieron más variados. Además de tierra rural, los trusts a menudo preservaban portafolios de tierra urbana y casas, además de bonos gubernamentales y acciones empresariales.[79] La normatividad sobre esta figura cambió durante ese tiempo y el trust pasó de ser un dispositivo para poner a salvo la riqueza individual o familiar a ser una forma de proteger activos empresariales. Tiempo antes de que las personas morales ofrecieran un dispositivo estándar de resguardo de activos, los propietarios de negocios en Inglaterra y América del Norte usaron el trust para los mismos fines.[80] Los fiduciarios obtuvieron mayores poderes para manejar conjuntos complejos de activos, el papel de los fiduciarios se profesionalizó y muchos abogados ofrecieron sus servicios como fiduciarios. En respuesta a ello se hicieron nuevas reglas para los fiduciarios, incluyendo su capacidad para cobrar cuotas y, obviamente, también para imponer restricciones sobre sus responsabilidades y vulnerabilidades ante los beneficiarios. Finalmente, cuando las cortes sancionaron la posibilidad de que el beneficiario pudiera no ser solamente una persona, sino muchos inversores diferentes, se convirtió en el vehículo más socorrido para agrupar activos y convertirlos en valores, como se discutirá en el capítulo 4.
Hecho ley
El recuento de cómo se ha codificado la tierra como capital que se presentó aquí difiere de la versión tradicional que trata a los derechos de propiedad como la institución esencial de la prosperidad económica.[81] Para los economistas el principal propósito de los derechos de propiedad es alinear los intereses del propietario con el uso del activo que sea más eficiente en costos. Optimizar el uso de los activos es lo que motivó el famoso ejemplo de Ronald Coase sobre dos granjeros vecinos, uno que tiene vacas y el otro que quiere cultivar productos vegetales, que por supuesto las vacas se comen y aplastan.[82] Hay muchas soluciones al problema de los intereses enfrentados. Uno de los granjeros puede construir una cerca, mover su cultivo a otra parte o convertirse en ganadero, mientras que el otro puede pagar por los daños o convertirse en agricultor. Si los derechos de propiedad se establecieron con claridad —es decir, si las dos partes conocen sus respectivos derechos y saben cuánto valen en términos monetarios— entonces pueden calcular los costos en los que cada uno podría incurrir, lo que les permitiría resolver su disputa y llegar a soluciones óptimas a través de la negociación. Este resultado óptimo puede lograrse al menos en un mundo sin costos de transacción. Sin embargo, Coase mismo recalcó que en el mundo real los costos de transacción son inevitables y es por eso que la distribución inicial de derechos de propiedad en la ley importa mucho en realidad. Con todo, como hemos visto, los terratenientes no solamente negociaron con sus acreedores para proteger sus intereses, sino que usaron abogados que codificaron sus interesen en la ley y por tanto ayudaron a inclinar el campo de juego a su favor.
Esto, a su vez, pone sobre la mesa la cuestión de dónde salieron los derechos de propiedad y otros derechos legales, como los relacionados con los trusts. Los derechos de propiedad no fueron dados, sino que son “derechos adquiridos”, como reconoció Adam Smith. “La propiedad y el gobierno civil dependen el uno del otro. La preservación de la propiedad y la desigualdad de la posesión lo conformaron en un principio, y el estado de la propiedad debe siempre variar según la forma del gobierno”.[83] Establecer un título formal para reconocer ciertas demandas y afirmaciones como derechos de propiedad formales en el marco de la ley, sin embargo, es apenas un primer paso. A menudo se considera que los derechos individuales de propiedad dan al propietario el poder de usar, controlar o enajenar un activo como quiera y de excluir a todos los demás, pero con frecuencia el ejercicio de estos derechos entra en conflicto con exigencias igualmente legítimas por parte de terceros. No hay derechos de propiedad absolutos con fronteras inmutables. Inclusive Blackstone lo reconocía. La propiedad, afirmó, es un “derecho absoluto, inherente a todos los ingleses (…) que consiste en el libre uso, disfrute y disposición de todas sus adquisiciones, sin control o disminución, salvo por las leyes vigentes en el lugar”.[84] Los derechos de propiedad, en otras palabras, tienen su límite en las leyes generales, y dónde exactamente se ubica ese límite es algo siempre y necesariamente en disputa.[85]
En pocas palabras, los derechos de propiedad y otros derechos legales similares evolucionan en los intersticios de los Estados, el poder y el derecho. A la hora de reconocer o desechar las exigencias sobre un activo como derechos de propiedad protegidos por ley los Estados muchas veces caen en manos de actores muy poderosos. Otorgar derechos legales a unos al tiempo que se niega un trato similar a otros y despojar a algunos activos de ciertas protecciones legales al tiempo que se las otorga a otros puede crear o destruir riqueza. Con todo, si las acciones de los Estados se limitaran a establecer derechos de propiedad la mayor parte de la riqueza así acumulada tendría una vida corta, sujeta a las subidas y bajadas de los ciclos económicos y de los cambios tecnológicos. Puede decirse que esto haría un mundo más justo, pero más volátil. Los primeros en darse cuenta de los costos de la volatilidad son por lo general los