ТОП просматриваемых книг сайта:
Para un análisis del discurso jurídico. Pierre Brunet
Читать онлайн.Название Para un análisis del discurso jurídico
Год выпуска 0
isbn 9789587904994
Автор произведения Pierre Brunet
Жанр Социология
Издательство Bookwire
Entonces los jueces están restringidos de dos maneras. Por un lado, hay restricciones propias al sistema judicial, que podríamos llamar restricciones de derecho en un sentido amplio. Los jueces han sido formados, no deciden solos, y hasta se encuentran enredados en sistemas cada vez más complejos. Deben justificar sus decisiones no solo frente a los litigantes sino también ante los demás jueces53 y ante las demás instituciones políticas, como insisten en ver los partidarios del “modelo estratégico” de la decisión judicial54. A esas restricciones externas se añaden otras que son internas a los jueces mismos55: el deseo de desempeñar el papel institucional que es el suyo y la búsqueda de una satisfacción personal en tanto que jueces –que no es un placer puramente egoísta–56. Un enfoque realista puede, a este respecto, adherir a la tesis neoinstitucionalista que reconoce la importancia de la autopercepción que los jueces tienen de sus propias acciones: por lo general actúan en favor de su institución y no conforme a su punto de vista personal57. Evidentemente, esta afirmación general debe ser matizada con respecto a ciertas prácticas de algunas cortes en las cuales los jueces se toman la libertad de conducir estrategias estrictamente individuales58.
Contrariamente a lo que sostiene la teoría de la opción racional, los jueces no solo buscan maximizar su beneficio al perseguir una estrategia egoísta –así no se le pueda excluir–, sino que también buscan “pegar” la imagen de buen juez que la institución dentro de la cual evolucionan genera y prescribe a través de sus propias reglas. En esas condiciones, debemos superar la dicotomía entre derecho y política que reposa sobre el presupuesto de que los jueces tendrían la opción entre derecho o política, pues para estar sometido a escoger, el juez debe sentir que la solución moralmente correcta que considera tomar es incompatible con el derecho existente. Entonces podemos presumir que, al tiempo que revisten sus preferencias morales de argumentos jurídicos, la indeterminación del derecho les otorga todo el campo para hacer lo contrario. Esto también explica por qué es imposible afirmar que una decisión sea jurídicamente equivocada y que una cuestión jurídica solo pueda recibir una –y una sola– respuesta correcta.
En definitiva, hay que distinguir entre la parte puramente lógica de la tesis realista que radica sobre la interpretación y la parte sociológica de la tesis realista que reconoce que los jueces no pueden ejercer una libertad que la lógica les reconocería, pero que ellos mismos no pueden reconocerse. Es lo que explica que el fallo jurídico no es el mecanismo a veces imaginado y que ciertos jueces intentan representar. El fallo jurídico es tan flexible, evolutivo e incierto como pretende ser rígido, definitivo y cierto. En cuanto a los juristas, estos pueden completar el trabajo de otras disciplinas que se interesan en el fallo, a condición de aceptar no focalizarse sobre la sola dimensión lógica y la justificación jurídica, ni sobre las únicas herramientas que les otorga el análisis jurídico.
AARNIO, A., The Rational as Reasonable. A Treatise on Legal Justification, Dordrecht, Reidel, 1986, p. 120.
ASCARELLI, T., Problemi giuridici, Milano, Giuffrè, 1959, p. 140.
ATIENZA, M., Curso de argumentación jurídica, Madrid, Trotta, 2013, p. 115.
ATIENZA, M., Las razones del derecho. Teorías de la argumentación jurídica, México, Unam, 2005, pp. 22 y ss.
BAUM, L., The Puzzle of Judicial Behavior, Ann Arbor, The University of Michigan Press, 2003.
BERGHOLTZ, G., “Some Thoughts on Judges’ Decision-Making”, Scandinavian Studies in Law, 2007, pp. 78-88.
BERNAL, C. et al. (dirs.), Essays in Legal Philosophy, Oxford, Oxford University Press, 2015, pp. 37-51.
BIX, B., Jurisprudence: Theory and Context, 4.ª ed., Sweet & Maxwell, 2006, p. 183.
BRUNET, P., Jus Politicum, n.º 15, 2015.
BRUNET, P.; J.-L. HALPÉRIN y R. NOLLEZ-GOLDBACH, “Les ‘styles judiciaires’: diversité des approches, nécessité des évolutions”, Droit et société, vol. 3, n.º 91, 2015, pp. 465-471.
BULYGIN, E., Norme, validità e sistemi normativi, Giappichelli, Turin, 1995, pp. 259-260.
BULYGIN, E., “Norms, Normative Propositions, and Legal Statements (1982)”, en Essays in Legal Philosophy, Oxford, Oxford University Press, 2015, pp. 188-206.
BULYGIN, E., “Der Bregriff des Wirksamkeit”, Archiv für Recht und Sozial Philosophie, vol. 41, n.º 4.
CAHN, E., “Fact-Skepticism and Fundamental Law”, New York University Law Review, vol. 33, n.º 1, 1958, pp. 1-17.
CARDOZO, BENJAMÍN, The Nature of the Judicial Process, New Haven, Yale University Press, 1921, p. 113.
EDWARDS, H. T., “The Effects of Collegiality on Judicial Decision Making”, University of Pennsylvania Law Review, vol. 151, n.º 5, 2003, pp. 1639-1690.
EDWARDS, H. T., “Judicial Norms: a Judge’s Perspective”, en J. N. DROBAK (dir.), Norms and the Law, Cambridge, Cambridge University Press, 2006, pp. 230-244.
EDWARDS, H. T., “The Role of a Judge in Modern Society: Some Reflections on Current Practice in Federal Appellate Adjudication”, Cleveland State Law Review, vol. 32, n.º 3, 1984, pp. 385-430.
EDWARDS, H. T. y M. A. LIVERMORE, “Pitfalls of Empirical Studies that Attempt to Understand the Factors Affecting Appellate Decisionmaking”, Duke Law Journal, vol. 58, n.º 8, 2009, pp. 1895-1989.
EPSTEIN, L. y J. KNIGHT, The Choices Justices Make, Washington DC, Congressional Quarterly Press, 1998.
EPSTEIN, L., W. M. LANDES y R. POSNER, The Behavior of Federal Judges. A Theoretical & Empirical Study of Rational Choice, Cambridge US, Havard University Press, 2013.
ESKRIDGE, WILLIAM N., JR., “The judicial review game”, Northwestern University Law Review, vol. 88, n.º 1, 1993, pp. 382-395.
FRANK, JEROME, Courts on Trial, Princeton, Princeton University Press, 1949.
GARZÓN VALDÉS, E., Lateinamerikanische Studien zur Rechtsphilosophie, Munich, Luchterhand, 1965, pp. 39-58.
GOLDING, M. P., “A Note on Discovery and Justification in Science and Law”, Nomos, vol. 28, 1986, pp. 124-140.
GUASTINI, R., “Rule-Scepticism Restated”, en L. GREEN y B. LEITER (dirs.), Oxford Studies in Philosophy of Law, Oxford University Press, 2011, pp. 138-161.
GUASTINI, R., “Le réalisme juridique redéfini”, Revus, n.º 19, 2013, pp. 113-129, en línea [revus.revues.org/2511].
GUASTINI, R., Interpretare e argomentare, Milano, Giuffrè, 2011, p. 258.
GUASTINI, R., Dalle fonti alle norme, Turin, Giappichelli, 1992, p. 109.
GUTTING, G., “The Logic of Invention”, en T. NICKLES (ed.), Scientific Discovery, Logic and Rationality, Boston-Dordrecht-London, Reidel, 1980, pp. 221-234.
HART, H. L. A., American Jurisprudence Through English Eyes: The Nightmare and the Noble Dream, Sibley Lecture Series, vol. 33, 1977.
HART, H. L. A., El concepto de derecho, Publicaciones de las facultades universitarias de San Luis, Bruselas, 1976.
HART, H. L. A., “Scandinavian Realism”, The Cambridge Law