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Derechos humanos, caso ‘Piersack’, de 1 de octubre de 1982) están en el derecho de temer que el juez —unipersonal o colegiado— no ofrece las garantías necesarias de imparcialidad previstas en el art. 6.1 de la Convención Europea para la Protección de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, y el 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos”. En tema de imparcialidad, más recientemente, STC 157/1993, de 6 de mayo, f. 2. Sobre ella, Gonzalo Moliner Tamborero, “El derecho constitucional a un juez imparcial. Consideraciones en relación con el contenido de la S. 157/1993 del TC”, Poder Judicial 33 (1994), pp. 335-347. Acerca de las dificultades en torno a la imparcialidad e independencia judiciales puede también acudirse al relato de Rafael Pérez Escobar, Juez de Tinieblas, Barcelona: Plaza y Janés Editores, 1995. Narra la historia de un juez de talante liberal, titular del imaginario Juzgado de Instrucción de Tinieblas, población en la comarca burgalesa de Demanda, durante la década de los 50, el tramo más duro de la dictadura franquista.

      16 Véase Franz Kafka, El proceso, trad. de R. Kruger, con introd. de José Luis Herrera (‘Diligencias previas a El proceso de Kafka’), Madrid: Civitas, 1987, cap. VII, ‘El abogado. El empresario. El pintor’: “K. pudo ver cómo se formaba rodeando la cabeza del juez, siguiendo el trazo tenebroso de los pasteles, un halo rojizo que se extendía hacia fuera y se perdía en los límites de la tela. Lentamente ese juego de manchas terminó por circundar la cabeza de una especie de corona, como si fuera una alhaja o símbolo de la realeza”, cf. p. 167. Acerca del estilo pictórico de Tirotelli escribe Pietro Citati: “Pero sus retratos, sus figuras alegóricas, sus monótonos paisajes con brezales son tan toscos, que bastan para demostrarnos hasta qué punto de degradación ha llegado, en el mundo moderno, la tradición sagrada”. Cf. Kafka [1987], trad. de Juana Bignozzi, Madrid: Cátedra, 1993, p. 136.

      Razonabilidad como relato

      Narrativismo en la observancia y

      divergencia de los precedentes

      PRESENTACIÓN

      Es a este propósito que examinaré el tema de la comprensión narrativa de la razonabilidad en el disenso respecto a precedentes. No obstante, como quiera que comienza por ser ya el mismo hecho de su observancia o conformidad el que, siempre dentro del fenómeno general de su producción, consiente una contemplación narrativista, a ella, pues, voy a referirme en primer lugar. Una vez presentada la aplicaré luego, igualmente, a la experiencia contraria.

      EL PRECEDENTE COMO RELATO INTERCALADO

      De atender a lo primero —la continuidad, que es aquí lo que interesa—, sin duda, el relato contenido en el precedente, y en adelante introducido en posteriores relatos, representaría una dilatación en el tiempo. Sobre esta hipótesis, bastaría con potenciar tendencialmente ad infinitum su intensificación para que tal continuidad temporal (que es distinta de la demora o morosidad, cuya fórmula narrativa es la digresión) acabara por hacerse equivalente al completo cerramiento o circularidad. Esta configuración de los relatos como circulares, es decir, remitiendo una y otra vez a sí mismos en un ininterrumpido diálogo, permitiría entonces concluir que en ellos es siempre posible no sólo recuperar su origen, sino también mostrarlos comenzando en un sentido actual y pro futuro.

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