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sexo en el registro del estado civil

       9.16.6. Reglas de la corrección

       9.16.7. Tarifa

       9.17. Partición del patrimonio que en vida espontáneamente quiera efectuar una persona para adjudicar todo o parte de sus bienes, con o sin reserva de usufructo o administración

       9.17.1. Solicitud

       9.17.2. Anexos

       9.18. Remate de bienes por comisión al notario

       9.18.1. Tarifa

       9.18.2. Pago

       9.18.3. Devolución del comisorio

       9.18.4. Gestión de promoción para el remate

       9.19. Constitución, modificación y levantamiento de afectación a vivienda familiar

       9.20. Insinuación de donación ante notario

       9.21. Conciliaciones extrajudiciales en derecho de familia

       9.22. Recepción de declaraciones juramentadas

       9.23. Autorización de escritura pública de declaración de la unión solemne de parejas del mismo sexo

       BIBLIOGRAFÍA

      Teniendo en cuenta que nuestro ordenamiento jurídico no cuenta con un Estatuto Procesal de Familia es necesario acudir al Código General del Proceso para buscar la solución de los conflictos jurídicos surgidos de las relaciones familiares, por lo que es importante presentar un documento que trate y desarrolle los diferentes procesos y trámites consagrados por el legislador para buscar solución a dichos conflictos a través de los procedimientos indicados en el Código General del Proceso y en las normas especiales.

      La recopilación de los asuntos de familia que deben ser tramitados de acuerdo con los parámetros indicados en el Código General del Proceso se realiza teniendo en cuenta su naturaleza, la competencia, el trámite, las disposiciones especiales para cada juicio, los mecanismos de defensa del demandado, las medidas cautelares, las providencias, los recursos, la forma de terminación anormal del proceso, la sentencia y sus efectos.

      Este trabajo ha sido el resultado de una investigación documental fundamentada en el estudio y análisis de las normas consagradas en el Código Civil, el Código General del Proceso, las leyes especiales y los decretos relacionados con la institución familiar y con los diferentes pronunciamientos de las altas Cortes y los comentarios de los doctrinantes nacionales respecto del tema en estudio.

      La nueva edición (5ª) surge ante la expedición de nuevas normas relacionadas con el derecho de familia, al tratamiento que se ha venido dando en la solución de los conflictos de familia que han generado diferentes posiciones entre los operadores de la justicia, los abogados y las personas involucradas en hechos que dan origen a los procesos judiciales y trámites notariales.

      Pretendo que este documento se convierta en una herramienta de consulta de todas las personas interesadas en el estudio y aplicación del derecho de familia y que deseen obtener información respecto de los diferentes procesos de familia, su trámite, sus efectos y los trámites y actuaciones notariales indicados para tratar de solucionar los conflictos surgidos en la familia, ya se deriven de la relación de pareja o de la relación padres e hijos.

      Si comparamos la reglamentación de la institución de la familia en el primitivo Código Civil y en la legislación existente podemos apreciar una gran evolución en las normas trazadas ante las nuevas formas de concebir y resolver los conflictos familiares; veamos sintéticamente las principales reformas introducidas al Código Civil durante estos dos últimos siglos:

      1) Ley 28 de 1932. Remplazó el principio según el cual las mujeres casadas eran incapaces y su marido su representante legal; lo que implica que las mujeres casadas son capaces en el mismo grado que los varones y dispuso la libre administración de los bienes por parte de su titular mientras esté vigente la sociedad conyugal.

      2) Ley 70 de 1931. Modificada por la Ley 546 de 1999. Autorizó y reglamentó la constitución del patrimonio de familia inembargable, con criterio y fines de acción social.

      3) Ley 45 de 1936. Modificada por la Ley 75 de 1968, Ley 29 de 1982 y Ley 721 de 2001. Relativa a la filiación natural, clasificación de los hijos, derechos hereditarios, acción de investigación e impugnación de la paternidad y la maternidad.

      4) Ley 266 de 1938. Autorizó la celebración de matrimonios de extranjeros ante sus respectivos agentes diplomáticos o cónsules.

      5) Ley 83 de 1946. Creó la jurisdicción de menores, la ley orgánica de la defensa del niño, el juez de menores y el promotor-curador de menores.

      6) Ley 75 de 1968. Modificó la Ley 45 de 1936 respecto de la filiación natural, consagró las causales y el procedimiento para la acción de investigación de la paternidad, las formas de reconocimiento de hijo extramatrimonial, la citación al presunto padre para que declarara bajo juramento, ante un juez, si creía ser el padre del menor interesado, creó el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y le asignó las funciones.

      7) Decreto Ley 1260 de 1970. Reglamentó el estatuto notarial del estado civil de las personas.

      8) Ley 20 de 1974. Aprobó el concordato celebrado por el gobierno con la Santa Sede. También autorizó la celebración del matrimonio civil sin tener en cuenta la religión que se profese.

      9) Decreto 2820 de 1974. Mediante el cual se eliminó el concepto de potestad marital, se creó la igualdad de derechos y obligaciones entre el hombre y la mujer y se determinó que los padres ejercerán conjuntamente la potestad parental respecto de los hijos de familia.

      10) Ley 5 de 1975. Reglamentó la adopción desde criterios diferentes a los establecidos en el Código Civil.

      11) Ley 1 de 1976. Autorizó y reglamentó el divorcio del matrimonio civil, se reguló la separación legal de cuerpos y de bienes para cualquier matrimonio, se modificaron algunas disposiciones del Código Civil y de procedimiento civil.

      12) Ley 27 de 1977. Estableció la mayoría de edad para los colombianos a los dieciocho años.

      13) Ley 29 de 1982. Confirió igualdad de derechos herenciales a los hijos legítimos, extramatrimoniales y adoptivos. También hizo ajustes a los órdenes sucesorales.

      14) Con la expedición de la Ley 30 de

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