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Teoría general de la reparación simbólica. Yolanda Sierra León
Читать онлайн.Название Teoría general de la reparación simbólica
Год выпуска 0
isbn 9789587907124
Автор произведения Yolanda Sierra León
Жанр Социология
Издательство Bookwire
2.2.2. Tribunales penales ad hoc
Se establecen a raíz de los conflictos registrados en la década de los 90 relacionados con graves violaciones al derecho internacional humanitario cometidas en el territorio de la antigua Yugoslavia y en Ruanda.
Los tribunales penales ad hoc para la antigua Yugoslavia (TPIY)27 y para Ruanda (TPIR)28 fueron creados por el Consejo de Seguridad de la ONU en 1993 y 1994, respectivamente, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo VII de la Carta de Naciones29 para juzgar a los responsables de crímenes de guerra, lesa humanidad y genocidio en estos territorios.
Al igual que en el Tribunal Militar Internacional de Núremberg, los tribunales penales ad hoc no ordenaron en sus sentencias medidas de reparación simbólica, pues, como lo refiere Forer (2012), “los Estatutos de los Tribunales Internacionales ad hoc no regularon posibilidades para que las víctimas pudieran participar o solicitar reparaciones u otras medidas que contempla la justicia restaurativa” (p. 103).
Finalmente, vale la pena hablar del Tribunal Especial para Sierra Leona, creado por solicitud del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas mediante la Resolución 1315 del 2000 donde se “pide al Secretario General que negocie un acuerdo con el Gobierno de Sierra Leona con el fin de crear un tribunal especial independiente” que juzgue a los responsables de cometer crímenes de lesa humanidad, de guerra y otras violaciones graves del derecho internacional humanitario, así como al derecho de Sierra Leona en este territorio desde el 30 de noviembre de 1996. Este tribunal tampoco tuvo mandato para ordenar reparaciones.
Como se puede observar, en estos tribunales la reparación simbólica no fue adoptada en sus sentencias, pues, como ya mencionó, estas se dedicaron exclusivamente a condenar a los responsables de violaciones al derecho internacional humanitario. No obstante, como veremos adelante, ante la necesidad de escuchar y reparar a las víctimas, la reparación simbólica es adoptada en mecanismos de justicia transicional.
Todo lo anterior representa un antecedente que lleva a que la Corte Penal Internacional acoja de manera concreta dentro de sus sentencias la reparación simbólica.
2.2.3. Corte Penal Internacional
Esta corte (en adelante, CPI) es el primer tribunal internacional permanente creado por medio del Estatuto de Roma30, cuya función es juzgar a responsables de graves violaciones contra el derecho internacional humanitario. En ese orden de ideas, la CPI juzga los crímenes de lesa humanidad31, genocidio32, guerra33 y agresión34 cometidos por ciudadanos de Estados que ratificaron el Estatuto de Roma y los crímenes cometidos en el territorio de los Estados que ratificaron dicho tratado.
El artículo 75 de dicho Estatuto establece todo lo relacionado con la reparación a las víctimas indicando que “la Corte podrá dictar directamente una decisión contra el condenado en la que indique la reparación adecuada que ha de otorgarse a las víctimas, incluidas la restitución, la indemnización y la rehabilitación”. Es de anotar que, si bien la CPI es quien ordena las reparaciones, su implementación recae en el Fondo Fiduciario para las víctimas35.
Aunque este artículo no menciona nada respecto a la reparación simbólica, la CPI sí la acoge en su jurisprudencia, como se verá en los siguientes casos:
Caso Thomas Lubanga Dylo: en sentencia del 14 de marzo de 2012, Lubanga fue hallado culpable como coautor del crimen de guerra relacionado con “reclutar o alistar niños menores de 15 años en las fuerzas armadas o grupos o utilizarlos para participar activamente en hostilidades”36. En consecuencia, el 10 de julio de 2012 es condenado a catorce años de prisión.
El 7 de agosto de 2012 la CPI emite la primera decisión sobre reparaciones para víctimas, en la cual señala la importancia de adoptar medidas de reparación simbólica.
La Cámara consideró que otras reparaciones simbólicas pueden ser apropiadas; de hecho, decidió que la condena del Sr. Lubanga y su sentencia son ejemplos de reparaciones simbólicas relevantes dado que estos eventos probablemente tengan importancia para las víctimas y sus familias y comunidades. Otras formas de reparación pueden incluir campañas para mejorar la posición de las víctimas; emitiendo certificados que reconocen el daño que sufrieron; y actividades de divulgación y promoción, junto con programas educativos, que proporcionan información y están dirigidos a reducir la estigmatización y la marginación de las víctimas. (CPI, 2012, párr. 6).
En el año 2006 la CPI aprueba el plan de reparaciones simbólicas presentado por el Fondo Fiduciario para las Víctimas y determina que se debe “estudiar la viabilidad de desarrollar un proyecto concreto con el objetivo de proporcionar prontas reparaciones simbólicas, que pueden tomar la forma de, entre otras cosas, una conmemoración y/o construcción de estatuas de niños soldados que han sufrido de estos eventos” (CPI, 2012, párr. 12).
De acuerdo a lo anterior, se encuentra que las reparaciones simbólicas recomendadas adoptan enfoques como medidas de satisfacción (conmemoraciones) y objetos de tipo material (estatuas).
Algunos autores señalan que la inclusión de la reparación simbólica en las sentencias de la CPI es producto de la influencia de la CorteIDH y de las normas internacionales que regulan la materia. Al respecto, Andreas Forer hace un análisis de esta sentencia y encuentra lo siguiente:
La Sala establece que si bien el artículo 75 del Estatuto37 se refiere a la restitución, compensación y rehabilitación, dicha lista no es excluyente, la Corte podrá desarrollar reparaciones simbólicas, preventivas o transformadoras38. Es preciso resaltar que la definición de las distintas formas de reparación se inspira en la jurisprudencia de la Corte IDH39 y en los Principios y directrices básicos sobre el derecho de las víctimas de violaciones manifiestas de las normas internacionales de derechos humanos y de violaciones graves del derecho internacional humanitario a interponer recursos y obtener reparaciones40. (Forer, 2013, pp. 50-51).
Caso Ahmad Al Faqi Al Mahdi: en sentencia del 27 de septiembre de 2016, la CPI declara culpable a Al Mahdi por el crimen de guerra relacionado con dirigir ataques contra edificios religiosos e históricos41 en Tombuctú, Malí, en junio y julio de 2012. En consecuencia, es sentenciado a nueve años de encarcelamiento. Respecto al crimen cometido por Al Mahdi, la sentencia refiere:
La Cámara también consideró que los edificios seleccionados no eran solo edificios religiosos, sino que también tenían un valor simbólico y emocional para los habitantes de Tombuctú. Los mausoleos de santos y mezquitas de Tombuctú fueron una parte integral de la vida religiosa de sus habitantes y constituyen un patrimonio común para la comunidad. Reflejaron su compromiso con el Islam y desempeñaron un papel psicológico hasta el punto de ser percibidos como protectores de la gente de Tombuctú. Además, todos los sitios menos uno eran sitios del Patrimonio Mundial de la Unesco. (CPI, 2016, párr. 14).
El 17 de agosto de 2017 se emite una orden de reparación donde se determina que el condenado es responsable de reparaciones individuales y colectivas a favor de la comunidad de Tombuctú. En ese sentido, la CPI ordena