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       4.1. Estructura típica

       4.2. Características

       5. Perturbación de actos oficiales

       5.1. Evolución legislativa

       5.2. Análisis de la estructura típica

       Capítulo XIV

       De la utilización indebida de influencias derivadas del ejercicio de la función pública

       1. Conformación del Capítulo XI

       2. Antecedentes

       3. Utilización indebida de información obtenida en el ejercicio de función pública

       3.1. Características

       4. Utilización indebida de influencias derivadas del ejercicio de función pública

       4.1. Antecedentes de la regulación actual

       4.2. Características

       5. Soborno transnacional

       5.1. Antecedentes de la regulación actual

       5.2. Características

       6. Asociación para la comisión de un delito contra la administración pública

       6.1. Antecedentes de la regulación actual

       6.2. Actos preparatorios con regulación autónoma

       6.3. Caracterización de este tipo penal

       Capítulo XV

       De la omisión de activos la defraudación y la promoción de estructuras de evasión tributaria

       Conformación del Capítulo XII

       1. Precisiones previas

       2. El delito fiscal como delito de omisión

       3. Consagración legal

       4. Bien jurídico

       5. Estructura típica

       6. Antecedentes

       6.1. Proyecto de Reforma tributaria del año 2014

       6.2. La Reforma Tributaria del 2016

       6.3. Ley 1943 de 2018 y su inconstitucionalidad

       6.4. Ley 2010 del 27 de diciembre de 2019

      Capítulo I

      El peculado

      1. Aspectos generales

      Antes de entrar a examinar cada una de la hipótesis delictivas, que bajo tal denominación se agrupan, es necesario detenernos en algunos aspectos generales y si se quiere comunes a todas ellas, en lo relacionado con la noción misma, la imagen rectora, las diferentes clases de peculado, el objeto jurídico, bajo la perspectiva de concreción de la antijuridicidad, el objeto material de la infracción y la relación funcional que debe existir entre los bienes y el cargo desempeñado, a efectos de no incurrir en repeticiones innecesarias cuando se aborden las diferentes descripciones comportamentales.

      1.1. Noción e imagen rectora

      Art. 432. Modificado por el Art. único. 219 de la Ley Orgánica núm. 1/2015, de 30 marzo. 1. La autoridad o funcionario público que cometiere el delito del Artículo 252 sobre el patrimonio público, será castigado con una pena de prisión de dos a seis años, inhabilitación especial para cargo o empleo público y para el ejercicio del derecho de sufragio

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