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En el ejercicio de 2018 los CFDI sufrieron varios cambios, a saber: 1. A partir del 1o. de enero de 2018 los contribuyentes obligados a expedir CFDI por los actos o actividades que realicen, por los ingresos que perciban o por las retenciones de contribuciones que efectúen, deben hacerlo con la versión 3.3 del Anexo 20 de la Resolución Miscelánea Fiscal. 2. A partir del 1o. de septiembre de 2018, los contribuyentes que realicen operaciones a crédito, con pago diferido o en parcialidades, deben incorporar a los CFDI que expidan por cada pago que reciban, el «Complemento para recepción de pagos». 3. A partir del 1o. de noviembre de 2018 los contribuyentes que deseen cancelar un CFDI deben solicitar autorización al receptor del CFDI para cancelarlo.
Asimismo, incluye los más recientes cambios al CFF para 2020 relativos a considerar delitos la emisión y recepción de comprobantes apócrifos, así como las novedades relativas a la suspensión y cancelación de los certificados de sello digital.
Dada la importancia que tienen para los contribuyentes las modificaciones en materia de CFDI, nos hemos dado a la tarea de elaborar esta obra, la cual permitirá a los lectores conocer, entre otros aspectos, lo siguiente: el procedimiento para expedir los CFDI en general; la forma de expedir los CFDI por operaciones a crédito, con pago diferido o en parcialidades, así como su complemento para recepción de pagos; el procedimiento para cancelar los CFDI; las obligaciones, procedimientos, aspectos administrativos y trámites relativos.
Además, uno de los requisitos que deberán cumplir los empleadores para poder deducir las remuneraciones por sueldos, salarios y conceptos asimilados a éstos, es que los pagos de los mismos consten en CFDI; por tal razón, en esta edición incluimos un capítulo en donde se analizan las disposiciones fiscales que deberán atender los empleadores para expedir los citados CFDI y así cumplir con esta obligación fiscal.

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Este libro, escrito hace más de cuarenta años, alcanzó una importante difusión y abrió una amplia polémica y un debate encarnado sobre la exactitud de sus fundamentos filosóficos e históricos, de suerte que deba considerarse un acierto la decisión de recuperarlo. Los cultivadores del Derecho no han cerrado nunca la cuestión relativa a si ser campo del saber es o no una ciencia, lo que les ha llevado a compararlo con los paradigmas de las ciencias físicas y naturales, de la exactitud y certeza de los resultados y el empleo estricto de la lógica. Como alternativa, Th. Viehweg redescubre la Tópica, emparentada con la Retórica, como un arte de descubrir argumentos con que debatir cuestiones que son básicamente problemáticas. Muchos juristas descubrirán un dibujo, al menos aproximado, de su quehacer intelectual.

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Este libro reúne 132 artículos de opinión, tribunas y FOCO, que es la principal página de opinión del periódico económico CINCODIAS que han sido publicados por el autor en los últimos cinco años. Constituye una radiografía crítica, aguda, incisiva de un lustro donde la crisis económica, pero también social o axiológica, política e institucional han dejado una huella y unas consecuencias directas que han cambiado comportamientos, mentalidades y aptitudes. A través de la pluma del autor y con un estilo directo particular se critica pero también se resaltan cuestiones, decisiones, leyes, medidas, cambios políticos, decisiones empresariales, legislaciones o pronunciamientos jurisprudenciales que han ido sucediéndose durante este intervalo temporal. No escatima el autor el pronunciamiento crítico, riguroso, pero siempre desde la corrección y la libertad de opinión de todos. Bajo su enfoque caen reformas legales, siempre presurosas, hasta decisiones como amnistías fiscales, la reestructuración bancaria, los rescates, los cambios de gobierno, y un largo etcétera que han protagonizado este tiempo y una etapa de percepciones de cambio en nuestro país pero también en nuestro entorno tanto comunitario como mundial. Desde el prisma de la reflexión libre y desacomplejada, pero sobre todo sin clichés ni convencionalismos que nos brinda el autor se cuestiona, se indaga, se analiza, se critica, constructivamente pero no desconstructivamente el impacto que la mayor crisis económica han sufrido nuestras sociedades con una virulencia ignota en décadas.

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La organización jurídica de la familia se ha debatido a lo largo de la historia entre la reserva a los particulares y la intervención de los poderes públicos. Modernas ideologías discuten la conveniencia o no de la intervención pública. Esta discusión se centra en las normas del Derecho de familia, donde la pretendida neutralidad política del ordenamiento jurídico quiebra de forma dramática; la prueba la encontramos en las actuales demandas sociales de reconocimiento de tipos de convivencia hasta ahora sin regulación jurídica. Este libro pretende estudiar los problemas que se plantean al legislador que desea ofrecer soluciones a una familia socialmente cambiante, que no en crisis, centrando el estudio en el ámbito del derecho a contraer matrimonio, los problemas derivados de las crisis matrimoniales y la protección de los menores, grandes ejes de la actual discusión en todos los países europeos. La propuesta del libro parte de considerar que las soluciones que han de ofrecerse desde el ángulo de los derechos humanos, de modo que la familia sea el lugar donde encuentren su plenitud y eficacia.

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Antes del fatídico año 2008 las garantías financieras ocupaban un modesto lugar en el estudio de las garantías reales y no existía ningún pronunciamiento judicial que vertiera luz sobre el Real Decreto-Ley 5/2005, por el que se transpone al ordenamiento español la Directiva UE 47/2002 de los acuerdos de garantía financiera. A partir de la caída de Lehman Brothers el asunto empezó a adquirir importancia teórica y práctica, como lo demuestra la jurisprudencia española y extranjera en materia de los contratos de netting, swaps, valores depositados en un intermediario o garantías en el concurso del deudor. No obstante, como dice Ángel Carrasco Perera en el prólogo a la obra, hoy el Real Decreto- Ley 5/2005 cumple ocho años y sigue habiendo incertidumbre sobre qué es y qué no es una garantía financiera. Este libro es la primera monografía en España que aborda el régimen de las garantías financieras en su contexto, con una exposición ordenada y meticulosa. Es un trabajo riguroso y completo, tanto en teoría como en práctica. La autora se enfrenta a las cuestiones clave del régimen especial, tales como los orígenes y el contexto del Real Decreto-Ley 5/2005, su relación con el sistema común de las garantías reales mobiliarias, los sujetos elegibles para la garantía financiera, los activos susceptibles de ser gravados en el régimen especial, la constitución de la garantía, la importancia del requisito de control en la garantía financiera, la posibilidad de repignoración del bien, el ejercicio de los derechos de sustitución y retirada de excedente, la diferencia práctica entre la prenda financiera y la transmisión de la propiedad con fines de garantía, la relevancia de la notificación al deudor cedido en la prenda financiera sobre los derechos de crédito, la prenda financiera sobre los derechos de crédito futuros, el impacto del Real Decreto-Ley 5/2005 en la transmisión de la propiedad con fines de garantía, la importancia de las garantías con transmisión del dominio en el mer

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La regulación de los conflictos de interés entre administradores y sociedad ha sido sustancialmente modificada por la reciente Ley 31/2014, de reforma de la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo. Ahora se ha establecido un detallado régimen cuyas piezas centrales son, por un lado, el deber de los administradores de no realizar, en particular, determinadas conductas; y, por otro lado, la posibilidad de permitir, bajo ciertas circunstancias, que el administrador lleve a cabo conductas generadoras de conflictos de interés. Pensada tanto para profesionales como para estudiosos, esta obra realiza un análisis exhaustivo tanto de las prohibiciones legales de conflicto como de los requisitos procedimentales y materiales que han de cumplirse para levantar la prohibición. Todo ello acompañado de la identificación de grupos de casos relevantes e ilustrado con numerosas sentencias y supuestos habituales de la vida societaria.

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La degradación de los valores morales en todos los ámbitos sociales ha dado lugar a una preocupación generalizada dirigida a indagar las causas, a fin de intentar la restauración de los más esenciales, tanto en la vida pública como en la privada. El Ordenamiento jurídico-administrativo no ha sido ajeno a este fenómeno, tanto en aquellas de sus normas que tratan de garantizar la moralidad en la Administración, como en las reguladoras de la acción administrativa encaminadas al mantenimiento de la moral y buenas constumbres, y a la formación moral de los ciudadanos. Jesús González Pérez nos ofrece una sugestiva síntesis de las quiebras que ofrece el Ordenamiento español vigente, con especial referencia a la moral como presupuesto para el ejercicio de actividades y límite de potestades administrativas; policía de la moralidad en aspectos como la publicidad, televisión y prostitución, en que la realidad está tan diociada de la legalidad; medidas de fomento, y la formación moral como finalidad de los servicios de educación, para acabar con una completa referencia al problema tan actual como polémico de la enseñanza de la religión.

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Un recorrido por las salas de vista de los juzgados y tribunales españoles nos permite comprobar la falta de técnica a la hora de interrogar (sin desmerecer la existencia de auténticos expertos en la materia). Esta situación puede mejorarse notablemente a través de la importación de las técnicas del cross-examination anglosajón, apuesta esta segura para desarrollar y afilar las capacidades y habilidades de los abogados, quienes sorprendentemente, podrán comprobar cómo son más eficaces y eficientes a la hora de abordar una fase de tanta trascendencia como el interrogatorio de testigos y peritos. ARTE Y TÉCNICA DEL INTERROGATORIO aborda este reto, novedoso en el panorama jurídico español, partiendo de la idea de que el arte de interrogar en juicio oral consiste en el empleo de técnicas que pueden aprenderse y transmitirse del mismo modo que se aprende cualquier disciplina. Conocer y utilizar estas técnicas proporcionará al abogado una base sólida para actuar de forma estratégica, solvente e intuitiva durante el interrogatorio. ARTE Y TÉCNICA DEL INTERROGATORIO, novena obra publicada en esta editorial por Óscar Fernández León, abogado en ejercicio y Socio Director de LEONOLARTE ABOGADOS, completa la serie de trabajos publicados por el autor y vinculados a la práctica profesional del abogado en juicio: «Manual de oratoria para abogados», «Cómo preparar con éxito la audiencia previa y el juicio oral», «El abogado y el juicio»).

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We should take a gander at current realities. A large portion of the populace is overweight, overtired and overemphasized. In the event that you can in any case worked in an office, at that point no uncertainty you will review what it seemed like to have an all out day in the workplace, to travel home for an hour on the train/transport or in the vehicle and afterward to need to prepare supper when you got back.

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En esta breve biografía de Hans Kelsen he tratado de recoger los momentos más importantes de su vida, entre los cuales destacan -como no podía ser menos en el caso de un profesor- sus escritos, tanto los que vieron la luz durante los años que vivió como los que han aparecido póstumamente.