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Las zonas oscuras de la democracia. Jorge Eduardo Simonetti
Читать онлайн.Название Las zonas oscuras de la democracia
Год выпуска 0
isbn 9789878705477
Автор произведения Jorge Eduardo Simonetti
Жанр Зарубежная прикладная и научно-популярная литература
Издательство Bookwire
En Venecia, Florencia, Pisa y Siena, el período se extendió dos siglos más, hasta entrado el Renacimiento.
Sus características fueron:
1. Unidades políticas reducidas al ámbito de una ciudad, con fuerte autonomía y poderío económico y militar, a las que no le dieron el nombre de democracia, sino de república.
2. En un principio el demos se reducía a la nobleza y a los grandes terratenientes. A través de reclamos y levantamientos (algunos violentos), comenzaron a tener mayor participación diversos grupos sociales y económicos, como los nuevos ricos, los pequeños comerciantes y banqueros, los artesanos agremiados, los infantes comandados por caballeros. Con todo ello, sin embargo, el demos de las repúblicas italianas siguió siendo muy pequeño en relación al total de la población, desde un 12 por ciento en la Bolonia del siglo XIV hasta un 2 por ciento o menos en la Venecia de los siglos XV y XVI.
3. Analizadas bajo los parámetros de la Grecia clásica o de los sistemas de Europa y Estados Unidos del siglo XVIII y posteriores, las repúblicas italianas no fueron democráticas. El historiador Lauro Martines las denomina “oligarquías constitucionales”.
Escribe Dhal que “en la segunda mitad del siglo XIV, las condiciones que habían favorecido la existencia de ciudades-Estado independientes y de una participación más amplia en el gobierno -en especial, su crecimiento económico y la lealtad cívica de sus poblaciones- fueron desapareciendo gradualmente. La decadencia económica, la corrupción, las disputas entre facciones, las guerras civiles y las guerras contra otros estados condujeron al debilitamiento de algunos gobiernos republicanos y a su eventual reemplazo por gobernantes autoritarios, fueran monarcas, príncipes o soldados”14
HACIA LA DEMOCRACIA REPRESENTATIVA
La democracia representativa aparece por primera vez en Europa del Norte en el siglo XVIII.-
Las instituciones que griegos, romanos e italianos de la edad media crearon para establecer los gobiernos populares, tuvieron enorme influencia en el pensamiento político posterior, pero no pudieron ser replicadas de forma automática.
Ya con la expansión de Roma, quedó demostrado que dichas instituciones sólo eran plenamente aplicables al ámbito relativamente estrecho de una ciudad-estado, pero no encajaban con asociaciones políticas de mucha mayor envergadura. Eran tiempos, ya, del estado-nación, en el que la diferencia con la ciudad-estado representaba un dilema fundamental en orden a las instituciones necesarias para el ejercicio de un gobierno con participación popular.
Ante el dilema de la defensa contra estados más poderosos, y la regulación del comercio y las finanzas, muchas ciudades-estado constituyeron federaciones o alianzas entre sí, pero la solución permanente se hallaría creando el producto revolucionario de la modernidad democrática: la representatividad.
Cómo todo cambio fundamental en la historia política de los pueblos, los cambios no surgen tanto de las especulaciones filosóficas cuánto de las soluciones prácticas a problemas manifiestos.
Europa continental
Cerca del año 800, en el norte de Europa la participación popular comenzó a instrumentarse a través de asambleas locales, que luego se extendieron a asambleas regionales y nacionales. Ello ocurrió con los vikingos, en Noruega, Suecia y Dinamarca.
El primer antecedente de lo que hoy puede considerarse un Parlamento, ocurrió en Islandia en el año 930, con la constitución del denominado Althing (cosa).
En los valles montañosos de los Alpes, dichas asambleas evolucionaron en cantones autónomos, que eventualmente condujeron a la fundación de la Confederación Suiza del siglo XIII.
Inglaterra
La creación del Parlamento inglés es consecuencia de innovaciones pragmáticas de oportunidad, más que de diseño planificado.
La democracia parlamentaria inglesa fue el producto de largas luchas que fueron creando prácticas y derechos para los ciudadanos, muchos de éstos arrancados a los monarcas en distintas etapas históricas.
Tanto su forma de gobierno como su derecho no escrito (el common law) fue logrado con el sedimento de prácticas, usos, leyes y convenciones, que han caracterizado de manera muy particular a la isla. Algún poeta la definió como:
Una tierra de gobierno estable
de antiguo y justificado renombre
dónde la libertad se desliza lentamente
de precedente en precedente 15
Los reyes convocaban a los ciudadanos constituidos en consejos, para el resarcimiento de agravios y el ejercicio de funciones judiciales. Con el tiempo, la administración de justicia fue pasando a los tribunales, y los consejos fueron evolucionando a las características de un órgano legislativo. A fines del siglo XV, el sistema inglés revelaba las características de un gobierno parlamentario de estos tiempos. La sanción de leyes requería la aprobación por ambas cámaras y el asentimiento formal del monarca.
Desde las guerras civiles inglesas a mediados del siglo XVII, facultades importantes comenzaron a pasar al Parlamento, incluyendo aquellas relacionadas con la designación del primer ministro. Para ello, fue fundamental la actividad de las facciones de ese tiempo, los Whigs y los Tories, que más tarde se constituyeron en partidos políticos.
Sin el apoyo del líder de alguna de las facciones no resultaba posible la aprobación de las leyes ni los impuestos. Cómo consecuencia de ello, el rey se vio compelido a elegir como Primer Ministro al líder mayoritario de la Cámara de los Comunes. Hacia 1830, el principio que establece que la elección del Primer Ministro y del gabinete reposaba en la Cámara de los Comunes, se arraigó constitucionalmente (en la Constitución no escrita británica).
Con todo ello, el gobierno parlamentario británico no era todavía democrático por las exigencias de propiedad para tener el derecho al voto, lo que representaba apenas el 5% de la población mayor de 20 años de edad. La Reform Act de 1832, que extendió a cerca del 7 % de la población adulta el derecho al voto, sumada a otras leyes parlamentarias en 1867, 1884 y 1918, para el sufragio masculino universal, y una ley de 1928 que extendía el derecho a las mujeres adultas, completó el combo democrático en la insular Gran Bretaña.
Estados Unidos
Los pasajeros del Myflower, que en 1620 partieron desde Inglaterra a América, pertenecían a distintos grupos protestantes que escaparon de la persecución religiosa del culto oficial: el anglicanismo. Al llegar, suscribieron un documento en que declaraban su constitución en sociedad política para que los gobernantes respetaran la libertad de culto. “En la América inglesa, el estado nació para proteger la libertad religiosa, no para negarla”.16
Las libertades políticas también florecieron de inicio en la nueva comunidad. Alexis de Tocqueville señaló que, mucho antes de la independencia, imperaba en las comunas una activa vida política republicana, que sirvió como motor para el arraigo de las costumbres democráticas de inicio en la ciudadanía.
Hasta alrededor de 1760, la mayoría de los colonizadores eran leales a la madre patria, pero a partir de que ésta estableciera impuestos directos a sus colonias, a través de la Stamp Act (1765), sobrevinieron protestas públicas, en ocasiones violentas, basados en la creencia que no debían pagar impuestos a un gobierno (el británico) en el cual no estaban representados (“no hay impuestos sin representación”).
Comenzaba a fortalecerse una identidad norteamericana, en los periódicos hubo un incremento radical del término americans para referirse a la población colonial. Con el estallido de la