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La estabilidad económica constituye actualmente y, luego de la crisis económica vivida, el principal objetivo del trabajo que desarrollan los encargados de las políticas económicas de los Estados. Sin embargo, la relevancia del citado propósito no ha implicado por parte de la dogmática jurídica una explicación detallada del concepto. Por el contrario, una lectura de las normas y documentos en que se ha utilizado la expresión nos revela contenidos diferentes. Si bien el análisis de esta materia podría no ser de interés para juristas, lo cierto es que el examen de este asunto presenta para el Derecho, y en particular para el Derecho público, una extraordinaria relevancia por tres razones. Primero, porque desde la segunda década del siglo XX se viene utilizando en España la voz estabilización para referirse a un conjunto de medidas tendentes a alcanzar la estabilidad económica. Segundo, porque con la entrada en vigor de la Constitución de 1978 se elevó a rango constitucional y, más específicamente, a la categoría de principio rector de la política social y económica la estabilidad económica al establecerse en el artículo 40.1 que «[l]os poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica». Y, tercero, porque a partir de la crisis económica, tanto las medidas económicas, como las respuestas jurídicas que las autoridades internacionales, europeas y españolas propusieron y adoptaron, se justificaron en la estabilidad económica, lo que, en el caso de España implicó, además, que se intensificó su mención en comparación con los años previos. Teniendo en cuenta estas circunstancias y el impacto que la crisis económica iniciada en 2007 ocasionó en la economía mundial, europea y española, en la presente investigación se examina, por un lado, el origen, evolución y constitucionalización de la estabilidad económica y,

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En esta obra, se analiza en tres capítulos la figura del menor vulnerable desde una doble perspectiva, como víctima y como victimario, en el proceso penal de menores. De los datos estadísticos disponible, la persona menor de edad que es víctima de delitos sexuales representa se sitúa en torno al 46% sobre el total de delitos sexuales registrados con un perfil de mujer mientras que el agresor menor de dieciocho años, perfil hombre, ha aumentado en los últimos años en la comisión de hechos delictivos. En ambos casos, se trata de vulnerables per se o endógenos por razón de la edad. En el caso de la persona menor de edad víctima, se ha reforzado su protección procesal con la adopción de medidas que redunden en evitar su revictimización al entrar en contacto con el sistema de justicia penal. En el lado del menor agresor, se atiende, precisamente, a esa menor edad en su formación cognitiva y volitiva con el diseño de un proceso penal especial basado en el interés superior del menor y, a partir de este principio, de las manifestaciones del principio de oportunidad reglada en el proceso penal de menores como, por ejemplo, las actividades de justicia restaurativa reguladas en el art. 19 LORPM. En el capítulo primero, se analiza la vulnerabilidad en delitos sexuales y las dificultades que puede generar su determinación e identificación desde la perspectiva procesal. En el caso de la víctima vulnerable, este trabajo se centra en el menor de edad (aun cuando también lo sean otros colectivos como las personas con discapacidad en las que, a la vez, puede concurrir la doble circunstancia de menor y persona con discapacidad) en atención al reflejo de la estadística judicial. En el capítulo segundo, se aborda la configuración del proceso penal de menores con concreción en los delitos sexuales cometidos por menores de edad a partir del interés superior del menor. Se determinará quién sea menor a efectos de dicho proceso en aplicación de la Ley Orgánica reguladora de la Responsabilida

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La Universidad debe servir a la sociedad en la que se enmarca, e imbricarse en el tejido social- y económico en el que sus egresados previsiblemente buscarán una integración laboral. La entrada en vigor del Espacio Europeo de Educación Superior, y de las directrices motivadas en el Plan Bolonia, han prestado especial atención a la necesidad de fomentar la empleabilidad del alumnado acercando la actividad académica a la formación para la promoción del emprendimiento y la integración en el mundo empresarial, o al servicio de las Administraciones Públicas. Hoy es una necesidad que el alumno universitario al concluir sus estudios se encuentre preparado no sólo respecto de los conocimientos que pueda acreditar sino de las competencias y habilidades previstas en su título académico. Esta capacitación lo tiene que ser para un mundo cada vez más cambiante, en el que se apuntan metaversos, realidades virtuales, teletrabajo, drones, robots, maquinas operando con inteligencia artificial, y escenarios de digitalización en la proyección tanto personal como profesional. El presente estudio aborda una cuestión, a nuestro juicio desatendida en la academia, como es la proyección práctica, que las enseñanzas universitarias deben incorporar. Enseñanzas que se enmarcan en un currículo integrado, o integral y que exige la transferencia y conexión con el sector productivo a la par que permite que los que pronto serán egresados puedan mejorar su formación académica con un entrenamiento ad -hoc vinculado y conectado a su currículo profesional. A este objetivo vendrían a dar respuesta las actuales prácticas curriculares y extracurriculares, que se diseñaron en la formulación del Espacio Europeo de Educación Superior, las competencias y habilidades a ellas conectadas y la intensa labor de supervisión incorporada tanto para el docente académico como para el profesional de la entidad en la que ésta tiene lugar. El tema, con ser relevante, ha tenido poca atención por parte de la doctrina admi

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Esta monografía colectiva, que se presenta con ocasión de la promulgación de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, recoge distintos estudios jurídicos que analizan la protección jurídica con la que ha contado, a lo largo de la historia y hasta llegar a nuestros días, la infancia y adolescencia frente a la violencia. Los distintos trabajos ofrecen un conjunto de estudios elaborados por juristas de distintas ramas del Derecho que proporcionan una visión muy completa sobre la materia, visibilizando cuestiones muy conocidas (como por ejemplo la violencia que experimentan muchas personas menores de edad a través de las conocidas como redes sociales) y otras no tanto (tales como la omisión, por parte de muchas personas, de denunciar situaciones de violencia que conocen). De esta manera, el Grupo de Investigación «Derecho, persona y familia» lleva a cabo una valiosa aportación a la consecución de la eliminación de la violencia contra uno de los sectores más vulnerables de la población: la infancia y la adolescencia. Además, visibilizando estas realidades así como las distintas problemáticas que la rodean, se contribuye a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de la ONU, es especial del nº 3 (salud y bienestar), el nº 5 (igualdad de género), el nº 10 (reducción de las desigualdades) y el nº 16 (paz, justicia e instituciones sólidas).

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La obra que ahora tiene entre sus manos pretende impulsar un conjunto de reflexiones y propuestas ante los grandes retos y oportunidades que ofrece la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de Naciones Unidas, prestando especial atención al ODS5, relativo a la igualdad de género, piedra angular de las grandes políticas públicas que están por venir para alcanzar la transformación de la sociedad moderna en aras de una mayor justicia social e igualdad. Para ello no solamente se ofrece un amplio análisis del papel de la mujer en diversos sectores socioeconómicos estrechamente vinculados con el desarrollo sostenible, tales como la agricultura y la ganadería, el consumo, la energía, el crecimiento y la dinamización de la economía, el urbanismo, la configuración de las ciudades o la ruralidad; sino también promover el estudio de novedosos movimientos que como el ecofeminismo pueden tener un gran impacto en la consecución de una sociedad más justa, igualitaria y respetuosa con el medio ambiente.

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En la presente obra, a diferencia de otras, que tratan, bien la Transición Ecológica, bien el Desarrollo Rural, pero de manera individualizada y sobre todo, desvinculando una y otra política pública, se lleva a cabo un estudio conjunto de las dos, tratando de mostrar a través de su interrelación, tal y como se recoge en el propio título de esta obra, que su simbiosis, amén de necesaria, resulta mutuamente beneficiosa para ambas políticas públicas, con un beneficio indudable, en última instancia, para la sociedad y dentro de esta última, muy especialmente, para aquella parte de la misma que se asienta en el ámbito rural.
El tratar conjuntamente la Transición Ecológica y el Desarrollo Rural tiene, además, un valor añadido, desde el mismo momento en que cada una de dichas políticas públicas por separado, deben ser consideradas como políticas transversales, y, por ende, conformadoras de todas las demás, pues la práctica totalidad de políticas públicas, con independencia de la concreta política que pretendan implementar, deben tener en cuenta, bien la Transición Ecológica, bien el Desarrollo Rural, cuando no ambas. Tal hecho, radica, en que tanto una como otra política pública se consideran estratégicas e irrenunciables a nivel nacional, motivo por el cual su tratamiento conjunto resulta aún mucho más relevante.
Las diez propuestas que contiene la presente obra, todas y cada una de las cuales son formuladas por autores con acreditada experiencia en la materia, tratan de entrelazar con una finalidad eminentemente práctica la Transición Ecológica y el Desarrollo Rural en beneficio último de la sociedad, lo que hace que la misma resulte sumamente innovadora, pues, indudablemente, abren un nuevo camino por el que, entre otros posibles ya existentes, deberán transitar o, al menos, explorar, las diversas Administraciones Públicas para tratar de lograr la efectiva consecución de una y otra política pública.

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El Reglamento Europeo de Sucesiones confiere un destacado papel a la «residencia habitual del causante» como criterio atributivo de competencia judicial internacional y como punto de conexión para la determinación de la ley rectora de la sucesión, aun sin llegar a definir este concepto. La presente monografía, además de analizar los fundamentos romanísticos de los foros de competencia judicial en materia sucesoria, trata de proporcionar los criterios de interpretación necesarios para la determinación de la última residencia habitual del causante, examinando las fuentes del Derecho romano, el ius commune, el periodo codificador, hasta llegar a los primeros pronunciamientos de los estados miembros en los que se aplica el reglamento o normas inspiradas en él, desde una vertiente legal, doctrinal y jurisprudencial, con especial atención a los denominados «casos complejos»; con la finalidad de que estos criterios pueden servir de guía a los profesionales del Derecho que deban aplicar el reglamento.

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En el Derecho anglosajón de daños, conocido como tort law, se utiliza con asombrosa frecuencia la expresión punitive damages. No solo conocidos con esa definición, sino también como exemplary damages, punitory damages, non compensatory damages, etc. Se consideran una parte de las consecuencias jurídicas que derivan de un daño ilícito. La traducción más extendida entre la doctrina que se realizada de los punitive damages es la de «daños punitivos». Esta institución jurídica propia del Derecho anglosajón es completamente diferente a la institución legal de daños y perjuicios, comúnmente extendida en el Derecho de corte continental. La finalidad es sensiblemente diferente entre una institución y la otra. La auténtica finalidad de los daños punitivos es el castigo de una conducta, ser ejemplarizantes. Cuando existe una condena a daños punitivos no solo se realiza para compensar a la víctima del daño sufrido, sino que busca un castigo ejemplar y también la disuasión de posibles conductas similares.

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Tal y como indica su título, en este libro se analiza el tratamiento tributario de las figuras jurídicas más típicas que sirven para financiar la adquisición de la vivienda. Ocupa el primer capítulo un estudio de carácter general que examina el impacto económico de la financiación de la vivienda en nuestro país. Para diseñar una acertada política fiscal en esta materia es necesario conocer sus entresijos económicos, es decir, cómo se articula y qué efectos produce en el ámbito socioeconómico. Solo mediante un conocimiento profundo de esta perspectiva se podrá discernir cuáles son las medidas tributarias más adecuadas desde la equidad, la eficiencia y la practicabilidad administrativa. A nadie se le escapa que el préstamo hipotecario es la figura más utilizada para obtener la propiedad de la vivienda, lo que justifica no solo que sea objeto de un examen pormenorizado en varios tributos, sino también que merezca un estudio desde su perspectiva más prístina, como es el Derecho Civil. En este sentido, el libro contiene un capítulo que de forma específica examina este complejo contrato desde la óptica civilista, lo que confiere a esta obra mayor completud y una enriquecedora interdisciplinariedad. No podía faltar un exhaustivo examen de la tributación del préstamo hipotecario en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Su estudio presenta singular interés no solo por ser el contrato más utilizado para poder acceder a la propiedad de este inmueble, sino también por la polémica jurisprudencial que hace poco más de tres años suscitó su tributación, que se tuvo que cerrar mediante una reforma legal de urgencia operada por Decreto Ley. Pocas cuestiones han suscitado tanto revuelo social, tanto protagonismo mediático y tanto enfrentamiento interno en el seno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo como las sentencias de este tribunal que cambiaron de criterio en torno al sujeto pasivo de la cuota gradual de Documentos Notariales del Impuest

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En un momento de reflexión acerca de los cambios que la economía y la sociedad digitales introducen y de gestión de los miedos e incertidumbres en las que cualquier sociedad moderna subsiste por la innovación y el control social del cambio tratando de anticipar el futuro con el fin de planificarlo, asistimos a un intenso y acelerado proceso de transformaciones derivadas de las nuevas tecnologías con hondas repercusiones en la economía, el trabajo y la sociedad. En este sentido se hace necesario analizar el impacto de la actual era de cambios sobre el trabajo, tanto por sus implicaciones en términos de cuantos y cuales empleos demandara una economía en constante y acelerada transformación, como por las consecuencias en la calidad del empleo como garante de integración social. Esta obra analiza el impacto en las relaciones laborales, en los sistemas de protección social y en la salud laboral. Forma parte de los resultados de investigación del proyecto RTI2018-099337-B-C21"Transformaciones del trabajo en la economía digital: condiciones económicas y sociales para una transición justa"