Аннотация

La Ley 5/2019, de 15 de marzo, Reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario (popular e incorrectamente conocida como ley hipotecaria), es una norma cuya pretendida finalidad era la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva 2014/17/UE. No obstante, su ámbito de aplicación, sus propósitos, su naturaleza, los sujetos a los que se refiere e incluso los problemas que viene a resolver no son exactamente los mismos que los de la Directiva. Eso sin contar con el hecho de que – dadas las circunstancias a las que la propia Directiva se refiere – habría sido deseable una transposición más temprana, del mismo modo que esas mismas circunstancias ya habían provocado una serie de normas nacionales, anteriores (Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito) y posteriores, como fue toda la normativa denominada de segunda oportunidad y anti desahucios, así como una variada jurisprudencia. Tal escenario se definía en el considerando 3 de la Directiva: «La crisis financiera ha demostrado que el comportamiento irresponsable de los participantes en el mercado puede socavar los cimientos del sistema financiero, lo que debilita la confianza de todos los interesados, en particular los consumidores, y puede tener graves consecuencias sociales y económicas. Numerosos consumidores han perdido la confianza en el sector financiero y los prestatarios han experimentado cada vez más dificultades para hacer frente a sus préstamos, provocando un aumento de los impagos y las ventas forzosas. … los consumidores de la Unión mantienen importantes niveles de deuda, gran parte de la cual se concentra en créditos relacionados con bienes inmuebles de uso residencial». De hasta qué punto esta norma logra sus objetivos, qué préstamos regula, en qué posición quedan los consumidores, si va a servir para evitar la litig