Аннотация

La responsabilidad extracontractual dimanante del incumplimiento del derecho comunitario por los Estados miembros será definitivamente entronizada por el Tribunal de Justicia hace 30 años en la celebérrima sentencia de 19 de noviembre de 1991 del Tribunal de Justicia, Francovich, Asuntos acumulados C-6/90 y C-9/90. El tañido estentóreo que supondrá este pronunciamiento después de más de medio siglo de atronador silencio en torno a este instituto jurídico servirá de catalizador para iniciar todo un cambio de paradigma en la conceptualización de dicha responsabilidad e incidirá indefectiblemente en nuestro propio ordenamiento jurídico. Desde entonces, aparecerá en nuestro Derecho otro título de responsabilidad patrimonial, que con sus avatares, cristalizará en las leyes 39 y 40/2015. La vigente regulación ha sido criticada por la doctrina e incluso ha motivado la interposición de un recurso por incumplimiento por parte de la Comisión. Esta obra abunda en el recurso, sus causas y trata de analizar con rigor si nuestra legislación es conforme a los cánones iuscomunitarios.